Allanamientos: qué puede y qué no puede la policía
Procesal Penal

Allanamientos: qué puede y qué no puede la policía

Mario A. Ulacco
08 de agosto de 2025
6 min de lectura
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Allanamientos: qué puede y qué no puede la policía

Un allanamiento es una medida de carácter excepcional que requiere, por regla, orden judicial fundada. Conocer sus límites ayuda a proteger tus derechos sin entorpecer la investigación.

Cobertura nacional y fuero federal: intervenimos en todas las provincias y ante juzgados federales (narcotráfico, contrabando, lavado, etc.).

Reglas básicas

  • Orden escrita y válida: debe indicar domicilio, objeto de la búsqueda y fundamentos.
  • Horario: salvo urgencia, se realiza de día. La fuerza debe identificarse.
  • Alcance: solo se registra el lugar indicado. Extensiones requieren justificación.
  • Testigos y acta: corresponde labrar acta detallada; podés leerla antes de firmar.
  • Secuestros: únicamente lo pertinente al hecho investigado.

Nulidades frecuentes

  • Allanamiento sin orden ni caso de flagrancia.
  • Falta de precisión en el objeto o domicilio.
  • Excesos en la búsqueda (áreas no vinculadas).
  • Cadena de custodia deficiente del material secuestrado.

Cómo actuar

  1. No obstruyas; pedí ver la orden y tomale foto.
  2. Solicitá que conste todo en el acta (horario, testigos, roturas, objetos).
  3. Guardá fotos/videos del estado del lugar.
  4. Contactá a tu defensa para revisar nulidades y pedir copias.

La impugnación oportuna puede excluir pruebas obtenidas con vulneración de garantías.

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